Desde el 1 de enero está vigente la Resolución 841/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), que establece la obligatoriedad de la trazabilidad electrónica en el sector ganadero bovino a nivel nacional.

El Ministerio de Producción, a través de la Dirección de Ganadería, recordó que el uso de la caravana electrónica, que durante 2025 tuvo un período de aplicación opcional, es ahora de cumplimiento obligatorio para todos los bovinos criados con fines comerciales.

A partir del destete, los animales deberán contar con el sistema de identificación para poder ser movilizados o permanecer en el establecimiento de origen.

El nuevo esquema combina la caravana visual tradicional con un dispositivo electrónico, lo que permite acceder de forma inmediata a información clave del animal —como datos del productor, ubicación, historial de movimientos y planes sanitarios— mediante lectores manuales o sistemas automáticos.

Esta información se encuentra integrada al Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), reforzando los controles sanitarios y la transparencia en la cadena productiva.

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